Si se hiciera, se violarían “los principios del debido proceso, y por ende, los derechos fundamentales de los militares", opina el general Arturo Vallarta Tafolla.
En un comunicado, hecho llegar a La Jornada Guerrero, el general de Brigada de Estado Mayor Arturo Vallarta Tafolla cita los artículos constitucionales 1º, 16 y 21, así como el 73 del Código Federal de Procedimientos Penales, que se refieren a la obligatoriedad de la autoridad de efectuar sólo aquellos actos que la ley expresamente le faculta, “los cuales deben estar fundados y motivados debidamente”, por lo que la petición del GIEI en este sentido “carece de fundamento legal”.
El 12 de noviembre de 2014, el Estado mexicano y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) suscribieron un acuerdo de incorporación de asistencia técnicaen la investigación de los hechos en los que desaparecieron 43 estudiantes de la normal rural Raúl Isidro Burgos, acuerdo por el cual fue creado el GIEI, conformado en su totalidad por personas extranjeras, explica el documento enviado por la oficina castrense con el número de folio 2/030433.
Las atribuciones expresamente señaladas del GIEI, agrega, “consisten en actividades de análisis y, de ser el caso, formular recomendaciones de las acciones a implementar, así como la posibilidad de tener acceso a los expedientes de las investigaciones y causas penales, sin que ninguna parte del acuerdo establezca que dicho grupo podrá realizar entrevistas, interrogar, tomar declaraciones directamente a persona alguna o practicar diligencias”.
La solicitud que el grupo de expertos planteó de entrevistar a personal militar del 27 Batallón con sede en Iguala, se encuentra fuera de la ley porque no están facultados para ello, además de que, a quienes se les ha requerido, ya han acudido a declarar ante las instancias legales como la agencia del Ministerio Público, agrega.
“En el Estado mexicano la investigación de los delitos compete al Ministerio Público y a las policías, sin que ninguna autoridad pueda autorizar, en esa investigación, a particulares entrevistar a los testigos, como sería el caso requerido por este grupo de extranjeros”, señala el comunicado e insiste en que en México sólo la autoridad judicial podrá formular interrogatorios a los militares.
(Información de Aristegui Noticias)
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